fbpx
27 julio, 2024

Cannabis medicinal: ¿se viene la regulación del autocultivo?

Ayer el Ministerio de Salud les presentó el borrador de la nueva reglamentación de la ley n° 27.350 a organizaciones del Consejo Consultivo Honorario. En este documento se destaca que el Estado, además, buscará producir marihuana en el ámbito público y garantizará el acceso gratuito a pacientes que no tengan obra social o prepaga. Dialogamos con una de las participantes de esa reunión histórica para conocer los detalles importantes.

Hicieron falta tres años para que luego de la sanción de la ley que permite el uso medicinal de la marihuana en Argentina, les usuaries que se mantenían en la clandestinidad por la persecución penal hoy reciben una noticia alentadora: aparentemente el Gobierno permitirá finalmente que usuaries terapéuticxs de la planta puedan cultivar cannabis en sus hogares, además de habilitar su expendio en farmacias y proyectar cultivos y producción pública.

Se convocó a diferentes actores del Estado y organizaciones sociales para conformar un Consejo Consultivo Honorario (CCH) que se reunió hoy por primera vez para analizar el primer borrador de la nueva reglamentación propuesto por el Ministerio de Salud. Participaron miembros de INTA, CONICET, INASE, entre otros, y representantes de las siguientes organizaciones: CeCCa, CaMeDa, Ciencia Sativa (Bariloche – Río Negro), AUPAC (Rosario – Santa Fe) y Cannabis Medicinal Río Negro.

RECALCULANDO LA ESTRATEGIA CANNÁBICA

Es una noticia que remueve el tablero de la lucha cannábica y pone a las organizaciones a repensar sus estrategias políticas. Se podría decir que el tema tiene cierta relevancia en la agenda del gobierno, que comunicó la noticia en una reunión virtual a través de Ginés González García. El ministro de Salud de la Nación les presentó el borrador de la nueva reglamentación de la ley y anulará la redactada por el macrismo, que había sido muy criticada por no resolver las demandas y habilitar lo ya habilitado.

Hasta ahora, cultivar marihuana podría conllevar una condena de hasta 15 años de prisión. Al menos en el ámbito medicinal, esta reglamentación significará el fin de la criminalización de pacientes y cultivadorxs solidaries.

AUTOCULTIVO MEDICINAL Y CULTIVO EN RED

La novedad más importante del borrador es, sin dudas, el reglamento del artículo 8 de la ley 27.350, que incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuaries, investigadorxs y pacientes que se registren el Programa de Cannabis (REPROCANN). La reglamentación deberá tener el visto bueno del CCH antes de seguir su curso hacia la firma del presidente Alberto Fernández en el decreto y la publicación en el Boletín Oficial.

Gabriela Calzolari es la presidenta de la Asociación Civil Ciencia Sativa, una de las integrantes del CCH que se reunió ayer con la cartera sanitaria. En diálogo con la Mate opinó: “lo que pensamos es que es un reglamentación bastante más amplia que la que hoy está vigente”. Consultada por la incorporación de los pedidos de las agrupaciones en el documento contestó: “El principal reclamo era por la gente que no podía autocultivar en su casa, es algo que está contemplado ahora en el famoso artículo 8”.

Un punto clave del borrador es el que prevé el cultivo en red, algo que alienta al movimiento cannábico organizado. La activista de Ciencia Sativa opinó que “el artículo 8 además plantea cultivos controlados en red, esta es una de las opciones por las cuales las ONG’s de cultivadores y cultivadoras que vienen trabajando en esta temática hace muchos años, puedan finalmente ser parte”.

La ansiedad está a flor de piel porque el dolor no espera, pero las resoluciones venideras y posteriores a la reglamentación van a terminar de definir las condiciones para tener un cultivo controlado en red. Calzolari advierte sobre el borrador: “Dice cultivos en red controlados o cultivos controlados de red de pacientes. Pero no dice expresamente ONGs. En esto vamos a poner el ojo”. “Queremos asegurarnos de que las ONGs estemos incluidas en lo que el ministerio de salud considera que es una red de pacientes y cultivos controlados en red”.

“Lo que planteamos con todas las orgas es que en el resto del articulado de la ley aparecemos como ONG pero no nos ponen en el artículo 8 como tales. Esa fue nuestra duda principal”, explicó Gabriela.

Los límites en la cantidad de plantas permitidas en cada hogar o en las sedes de las organizaciones para los cultivos “en red” se conocerán recién cuando la cartera sanitaria redacte las resoluciones particulares, probablemente el artículo 8 sea uno de los focos de la discusión de los próximos días. 

CONTROL DE CALIDAD

Como explica el periodista Fernando Soriano para Infobae, la preocupación de las autoridades del REPROCANN está puesta no tanto en la cantidad sino en la calidad de lo que produzcan estos cultivos. “La idea es controlar el producto final”, advirtió uno de los funcionarios responsables. El borrador aclara que estará contemplada “la protección de confidencialidad de datos personales”.

Le preguntamos sobre esto a Gabriela, que explicó que los controles de calidad aún no fueron especificados en este borrador y será algo que vendrá en próximas resoluciones según lo que surja de las discusiones del CCH. También expresó que “falta seguir trabajando en los tipos de controles que se van a requerir para cultivos de mediana escala como estos cultivos en red”. 

“Hay que tratar de que este control no sea un bloqueo para el cultivo en red como forma de acceso y también tener en cuenta que estos productos tengan un grado de seguridad”

Advirtió que “hay que tratar de que este control no sea un bloqueo para esta forma de acceso y también tener en cuenta que estos productos tengan un grado de seguridad”. Y afirmó que “el cannabis es una sustancia de por sí segura y esto lo sugiere la evidencia científica y lo reafirma la evidencia empírica que todos estos años venimos acumulando las ONGs y las instituciones y profesionales de la salud que acompañan tratamientos con cannabis”.

FORMULACIONES MAGISTRALES

Otra de las novedades importantes que trae la reglamentación modelo 2020 es la posibilidad del expendio en farmacias habilitadas para producir “formulaciones magistrales”, como aceites, tinturas o cremas.

Como cuenta Calzolari, este era el otro reclamo importante: que el cannabis quede suscrito dentro de diversos estándares, esto quedó plasmado en el borrador de la reglamentación. “No solamente debe registrarse como un fármaco sino también dentro de las formulaciones magistrales, esto incluye medicamentos herbarios y requiere otro tipo de controles”.

PARA EPILEPSIA REFRACTARIA Y OTRAS CONDICIONES DE SALUD

A partir de la publicación de la reglamentación ya no sólo tendrán el permiso los pacientes con epilepsias refractarias sino también el resto, quien sea que obtenga efectos positivos. En el borrador presentado ayer se amplía el artículo 3° “a las personas a las cuales se les prescriba como modalidad terapéutica el uso de la planta de cannabis y sus derivados”.

“El otro planteo era la no restricción sobre las condiciones de salud en las cuales el programa se basa y esto quedó un poco más abierto pero tampoco quedó especificado. Lamentablemente esto va a venir en resoluciones posteriores en donde se tiene que seguir trabajando para que haya la mayor cantidad de condiciones de salud incluidas”, informó la presidenta de Ciencia Sativa.

FALTA MUCHO PERO EL SUELO ES MÁS FIRME

Mamá Cultiva publicó un comunicado en sus redes que explica su felicidad: “Es la reglamentación que esperábamos en el año 2017, y no podemos más que celebrar que en este contexto tan adverso. El reconocimiento del autocultivo protege a cultivadores solidarixs, usuaries y las mujeres cuidadoras que encontramos en la planta la solución a mucho dolor, a costa de nuestra seguridad y de ser criminalizadas por un sistema que hasta hoy nos invisibilizó y nos persiguió. Conscientes de ser el eslabón más débil de la cadena, nos fortalecimos en lo colectivo, tejimos las redes que hoy rinden sus frutos en este logro”, 

Si bien no se conoce cuándo estará publicada la nueva reglamentación en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud pidió a los integrantes del CCH elevar dudas y sugerencias antes del viernes, con lo que se especula que no demoraría mucho más que días. El borrador tiene la aprobación de Alberto Fernández. 

Gabriela Calzolari cerró opinando que “las ONG’s entendemos que el autocultivo como práctica desde la esfera de la privacidad para consumo personal no debería estar siendo controlado por ninguna parte del Estado ya que est algo de la esfera de la privacidad y la libertad individual que tiene cada persona”.

Ojalá esta nueva reglamentación establezca las bases para empezar a trabajar en una nueva ley, que regule el uso del cannabis en todas sus variantes. Falta mucho, pero el suelo es más firme.

DE YAPA: ¿QUÉ PASA CON EL INTA Y CIENCIA SATIVA EN BARILOCHE?

Aprovechamos a consultarle a la presidenta de Ciencia Sativa sobre cómo cambia el panorama con esta nueva reglamentación para el proyecto de cultivo que estaba planificando Ciencia Sativa junto al INTA.

“No sabemos aún cómo podría modificarse el transcurso de nuestro proyecto junto con INTA Patagoni Norte a partir de esta nueva propuesta, ya que faltan delinear cuestiones específicas sobre producción/cultivo, que no solo va a involucrar al Ministerio de Salud (autoridad de aplicación de esta ley), si no a otros como el Ministerio de Desarrollo Productivo”, adelanta Calzolari.

Gabriela también explica que “Nuestro proyecto se pensó y se quiere ejecutar, haciéndonos soberanos en la investigación, desarrollo y producción de cannabis, desde una mirada pública, como así también que se incluyan a cultivadores y cultivadoras de cannabis expertos en esto”.

“Entendemos que, en la nueva propuesta, ahora el Estado se involucra como protagonista, al intervenir como una política pública no solo en la producción, sino también en brindar varios accesos. Esperamos que esto sea el puntapié para que se asigne la partida presupuestaria necesaria para poner en efectivo funcionamiento esta ley”, finalizó la activista.

0
0
#CANNABIS #MARIHUANA #REGULACIÓN Cannabis Medicinal LEY 27350
0
0

Si llegaste hasta acá, nuestro contenido es útil para vos.

Para seguir informando a una sociedad que acompañe y no castigue necesitamos tu apoyo.

Suscribite con aportes mensuales

Plan THC

Plan LSD

Plan DMT

Doná con aportes únicos

Si llegaste hasta acá, nuestro contenido es útil para vos.

Para seguir informando a una sociedad que acompañe y no castigue necesitamos tu apoyo.

Suscribite

Aportes mensuales.

Plan THC

Plan LSD

Plan DMT

Doná

Aportes únicos.

Si llegaste hasta acá, nuestro contenido es útil para vos.

Para seguir informando a una sociedad que acompañe y no castigue necesitamos tu apoyo.

Suscribite con aportes mensuales

Plan THC

Plan LSD

Plan DMT

Doná con aportes únicos

Comentá el artículo

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*Mate se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios injuriantes, violentos, discriminadores o contrarios a las leyes de Argentina.

ARTÍCULOS RELACIONADOS

MÁS LEÍDAS

¿El mate es una infusión de origen Jesuita o Guaraní?