Reducción de daños y drogas: Resistencia para preservar salud, libertad y vida

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¿De qué libertad hablamos cuando el Estado considera al usuario un esclavo de las drogas y decide por él? Inchaurraga cruza psicoanálisis, derecho a las drogas y treinta años de trabajo de campo para sostener una verdad histórica: la ley de estupefacientes hace más daño que las drogas. Una propuesta de cuidado colectivo donde hoy hay encierro y castigo.

“Debe verse a las víctimas de todo un sistema que no acudió a tiempo y advertir que sólo nos queda hacer ciencia con dolor. Levantar los ojos de las leyes prohibitivas y la parafernalia represiva que no han logrado modificar en un ápice las realidades sociales.”
Elias Neuman, 2002.

La Reducción de daños es un modelo que propone reducir las consecuencias negativas del consumo de drogas, tanto en el campo sanitario como social, sin que el consumo de drogas se interrumpa. (Inchaurraga, 2002). No todos los sujetos que consumen drogas quieren o pueden dejar de consumir, no todos quieren o pueden iniciar un tratamiento. Para algunos, la alternativa de abordar la posibilidad de reducir los daños asociados al consumo puede viabilizar otro espacio, abrir un interrogante sobre la compulsión o la pérdida de control o ser la posibilidad concreta de preservación para que eventualmente un tratamiento sea ofrecido o demandado en otro momento. Opción en ocasiones de supervivencia del sujeto.

En Argentina la genealogía de las drogas y las políticas públicas nos enseña que para los usuarios de drogas sin Reducción de daños puede no haber salud, puede no haber vida y puede no haber libertad. La libertad de pierde cuando la ley de drogas hace más daños que las drogas y quien consume termina en una cárcel o en un centro de rehabilitación contra su voluntad, pero también la libertad se pierde cuando el Estado a partir de considerarlo un addictum o esclavo de las drogas, decide por él, no le da incluso la alternativa del cuidado o del “uso responsable”.

¿De qué libertad hablamos? La libertad de hacer con el propio cuerpo lo que se quiera o pueda, consumir o no, se trata del derecho a las drogas que documentaba el psiquiatra americano Thomas Szasz (1992) y resguarda nuestra Constitución Nacional en su artículo 19 sobre acciones privadas de los hombres.

El Psicoanálisis nos enseñó que el concepto libertad tiene varias dimensiones, la libertad no es independencia absoluta, justamente quienes tienen una adicción o dependencia de las drogas no pueden elegir dejarlas ya que están siendo elegidos, cooptados por el deseo o el goce que toma en ocasiones la forma de una necesidad. De que se trata en un proceso analítico más que de permitir que el sujeto se apropie de sus acciones, pueda elegir con más responsabilidad y con menor sometimiento a sus propios demonios? La libertad no es sino una conquista subjetiva a partir de un proceso de elaboración de lo que condiciona al sujeto, por eso la llamada “cura” en los casos complejos de consumos problemáticos si adviene es por añadidura, nunca es una condición a partir de imponer modelos de vida o hábitos saludables, o el ideal de la “salud perfecta” (Illich, 1995).

Reducción de daños es garantizar derechos, derecho a información, a tratamiento, a instituciones adecuadas, derecho a no ser estigmatizado, ni perseguido, ni encerrado por consumir una sustancia prohibida. Reducir daños en respetar el derecho a seguir consumiendo sin por ello perder su libertad, o tener que ver mermada su salud más allá de los efectos de las sustancias, sin por ello perder su vida.

Desde el auge de la Guerra contra las Drogas, hacia fines de los años 80 se conmemora el 26 de junio el “Día Internacional de la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas” (JIFE, Naciones Unidas, 1987) desde la lógica bélica que prioriza al objeto droga por sobre los sujetos que la consumen y legitima abordajes basados en la abstinencia a través incluso de la coerción, el encierro y el castigo. El objetivo de suprimir los usos adjetivados como “indebidos”, pero incluso en nuestros tiempos aquellos adjetivados como lesivos o problemáticos, ha posibilitado que la decisión personal sobre el tratamiento a seguir, eventuales tratamientos residenciales etc. resulte relativizado.

Cómplices han sido las consideraciones psicopatológicas que lejos de atender a las estructuras clínicas y las subjetividades involucradas se han basado en generalizaciones homogeneizantes de problemáticas tan diversas como complejas.

Los debates actuales sobre la reforma de la Ley de Salud Mental 26.657 son ilustrativos de esta tensión entre modelos y de la vigencia del modelo tutelar. También las representaciones sociales, la demonización de las drogas prohibidas y las conceptualizaciones sobre la etiología del cuadro adictivo basada en la droga orientando la deshabituación y la desintoxicación han influido en ocultar los matices existentes entre usos, abusos y dependencias, y en la necedad de homogeneizar respuestas “para todos”.

Sin embargo, no hay tratamientos iguales para todos los sujetos que consumen drogas, ni podría haberlos, aunque algunas instituciones insistan en homogeneizar los cuadros clínicos y estandarizar las respuestas. Esto significa poner en valor la singularidad y especificidad del sujeto que consume drogas y las particularidades de su existencia (familia, contexto, riesgos, daños) en contraposición a los ideales de las instituciones. No hacerlo, es indudablemente parte relevante del problema y una de las causas del fracaso de los abordajes.

A contracorriente de esta lógica, múltiples organizaciones desde el año 2013, en todo el mundo vienen instalando una contra-campaña, la Campaña Internacional “Support Don´t Punish / Acompañe No castigue” como alternativa que reclama políticas de drogas más efectivas pero también más humanas. La consigna global de este 2026 “Resistencia ante la represión. Construyendo cuidado” toma especial relevancia en la Argentina contemporánea donde ha sobrevivido la lógica bélica contra las drogas al punto de avanzar sobre aquellos que las consumen, sobre su salud, incluso en ocasiones, contra su vida y también su libertad y hoy se radicalizan los discursos a favor de las instituciones centradas en las drogas y su supresión y no en el sufrimiento subjetivo que las arraiga.

En Argentina la historia de la Reducción de daños nos ilustra cómo se abrió paso desde la sociedad civil, basada en evidencias científicas sobre la necesidad de su implementación ante el avance del SIDA en usuarios de drogas inyectables (Inchaurraga, 1999) cubriendo el vacio del Estado. Sin reducción de daños hubo infecciones por VIH, Hepatitis, abscesos y otros problemas de salud, pero hubo también muertes por SIDA y por sobredosis, como siguen existiendo en la actualidad. Las respuestas desde la Reducción de daños fueron y son a pequeña escala; la distribución de kits de inyección desde los años 90 en Rosario, el trabajo de campo en barrios vulnerables de diversas ciudades, las intervenciones en recitales de rock o fiestas electrónicas, entre otras.

El Estado no tomó como propia esta política y esta es una gran deuda con la salud de los sujetos que consumen drogas y con tantas vidas que se perdieron asociadas a la epidemia del SIDA, las drogas adulteradas (recordemos Puerta 8), la clandestinidad y la falta de abordaje sanitario (muertes en Time Warp y tantas otras) o las muertes en instituciones en ocasiones clandestinas (condena responsables C.T. Resiliencia San Fernando, suicidios bajo investigación, por ejemplos).

El Estado sí tomo como propia la política legislativa represiva que sitúa como delincuente a quien tiene en su poder drogas aunque sean para propio consumo (art. 14 Ley. 23.737) lo que significa la posibilidad de que las personas también pierdan su libertad. Detenciones policiales, causas judiciales, encierros en cárceles o instituciones asistenciales a través de los tratamientos obligatorios que establece la misma ley.

Desde la Asociación de Reducción de Daños de la Argentina ARDA en 2025 lanzamos una Campaña nacional en el marco del Acompañe no Castigue que decía “Las drogas existen. Los derechos de quienes las consumen no”. Este año enfatizamos en nuestra Campaña nacional 2026 una propuesta para dar respuestas: “Sin Reducción de daños, no hay salud, ni libertad” y convocamos a actividades académicas y barriales en distintas provincias para debatir sobre los conceptos de salud y libertad involucrados y proponer modalidades de cuidado colectivo en tiempos de resistencias frente al abandono, el encierro y el castigo.

Acompañar es reconocer que las personas usuarias, adictas o dependientes de las drogas tienen derechos y alojarlas en las redes de cuidado porque son ciudadanos a quienes el Estado debe preservar su derecho a la salud, a información verídica y pragmática, dispositivos asistenciales y estrategias de reducción de daños si no pueden o no quieren dejar de consumir para que lo hagan con los menores riesgos y daños posibles. Para ello es necesario modificar la Ley argentina 23.737 y la política publica en materia de drogas permitiendo que finalmente la Reducción de daños sea protagonista clave de la preservación de los derechos pero también de la salud y la vida de todos aquellos que consumen drogas.


Dra. Silvia Inchaurraga
Doctora en Psicología, Master en Drogadependencias. Master en Psicopatología.
Directora del Centro de Estudios Avanzados en Drogadependencias CEADS de la Universidad Nacional de Rosario. Docente e Investigadora UNR.
Presidente de ARDA, Asociación de Reducción de Daños de Argentina.
Presidente Capítulo Reducción de Daños, Asociación Argentina de Salud Mental.

Referencias bibliográficas

Freud, S. (1985). El malestar en la cultura (1930). En S. Freud Obras Completas, Tomo 21. Buenos Aires: Amorrortu Editores.

Freud, S. (1985). Nuevos caminos de la terapia psicoanalítica (1919 [1918]). En S. Freud Obras Completas, Tomo 17. Buenos Aires: Amorrortu Editores.

Illich, I. (1995, marzo). L’obsession de la santé parfaite, Le Monde Diplomatique.

Inchaurraga, S.; Siri, P. (1999). Uso de drogas inyectables y VIH en Rosario (Argentina). Fundamentos para la reducción de daños. Revista Adicciones, Vol. 11, N.º 4, pp. 403-411. España.

Inchaurraga, S. (Comp.). (2002). Drogas: haciendo posible lo imposible. Experiencia de reducción de daños en Argentina. Rosario: Amalevi.

Inchaurraga, S. (Comp.). (2003). Las drogas: entre los daños y el fracaso de la prohibición. Nuevas perspectivas en el debate despenalización-legalización. Argentina: Amalevi.

Inchaurraga, S. (2010, julio). Reducción de daños y/o Psicoanálisis. Uso de drogas, sujetos que se dañan y daños sin sujetos. Revista Científica PSYberia, 2, 79-90.

Szasz, T. (1992). Nuestro derecho a las drogas. Madrid: Anagrama.

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