Cada 10 de diciembre se celebra el aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A 76 años de su celebración, pensamos en los derechos de las personas usuarias de drogas para combatir su estigmatización y marginalización promoviendo un entorno de no discriminación. Para ello, debemos centrarnos en la salud, en el bienestar y en abordajes de reducción de daños que promuevan la inclusión y el respeto de todas las personas.
En nuestro país una de las deudas más importantes de la democracia es la modificación de la Ley de Estupefacientes (Ley 23.737) que este año sopló 35 velas, una herramienta utilizada para violar los derechos humanos elementales de las personas que usan sustancias y para llevar adelante diversas prácticas de violencia institucional. A pesar de la existencia de fallos emblemáticos de la Corte Suprema de Justicia contra dicha ley, no se ha producido una actualización legislativa pese a que se han presentado más de una veintena de proyectos.
Su modificación no sólo representaría terminar con uno de los capítulos más nefastos de la historia democrática reciente sino también una oportunidad para adecuar la legislación nacional con las sugerencias de las organismos regionales e internacionales para modificar el enfoque punitivo/abstencionista por uno basado en criterios de salud pública y respeto de las personas que usan sustancias.
Las políticas represivas aplicadas en este contexto vulneran los derechos humanos de las personas usuarias de sustancias, principalmente de quienes son judicializadas y encarceladas, que deben soportar condiciones de hacinamiento y tratos inhumanos de detención.
Derechos de las personas que usan drogas:
1. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a la no discriminación:
Los prejuicios y mitos en torno al uso de sustancias producen la estigmatización y discriminación de las personas usuarias de drogas y, muchas veces, son trasladados al ámbito legislativo al promover políticas públicas punitivistas. Es necesario priorizar su bienestar y salud, brindar acompañamiento a las personas que usan drogas y/o que atraviesan algún tipo de consumo problemático de ellas.
2. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a recibir asistencia y trato digno:
Acceder al sistema de salud sin ser juzgadas ni discriminadas por el uso de sustancias. Además, tienen derecho a recibir asistencia adaptada a sus necesidades y deseos: desde abordajes de reducción de riesgos y daños hasta tratamientos abstencionistas.
El enfoque en la salud pública busca minimizar los efectos negativos asociados al consumo de drogas, por eso, los programas de reducción de daños han demostrado ser efectivos en la prevención de enfermedades y en la reducción de la tasa de mortalidad de muertes asociadas al consumo de drogas. El intercambio de jeringas, la prevención de sobredosis y la sustitución de sustancias juegan un papel crucial en dicho abordaje.
*Si consumiste alguna sustancia ilegalizada y necesitás asistencia médica, tené en cuenta que decirle a lxs profesionales de la salud qué consumiste no conlleva ningún tipo de intervención judicial. De hecho, aportará información para una mejor asistencia.
3. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a que no se le apliquen arbitrariamente leyes de drogas por su identidad racial, género, religión, sexo, origen, o cualquier otra índole:
Las leyes punitivistas de drogas se aplican con mayor arbitrariedad y dureza en comunidades racializadas y étnicas, además de los sectores con mayor situación de vulnerabilidad social. Históricamente, las leyes de drogas han sido utilizadas como mecanismo de control social de distintos grupos sociales.
Actualmente, miles de personas en Argentina siguen siendo criminalizadas por la tenencia de pequeñas cantidades de drogas provocando, en algunos casos, consecuencias devastadoras para sus vidas. Estas políticas no solo violan los derechos fundamentales, sino que también perpetúan la sobrepoblación carcelaria y el estigma social.
4. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a acceder a información clara, concisa y basada en evidencia científica sobre las sustancias:
Es necesario brindar herramientas respecto a los efectos del uso de drogas en la salud, así como también garantizar el acceso a información clara y precisa en relación a los medios necesarios para mitigar los efectos negativos.
Los avances legislativos y normativos deben nutrirse de los avances médicos y científicos de todo el mundo para garantizar una mejor implementación y respeto de los derechos de las personas usuarias de drogas. Asimismo, se debe garantizar la circulación de los estudios garantizando el derecho a la comunicación.
5. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a la confidencialidad:
Quienes brindan información personal sobre el uso de drogas ante una consulta o tratamiento, tienen derecho a que sus datos y su privacidad sean protegidos y confidenciales para evitar el etiquetamiento, el señalamiento y los prejuicios, además de las posibles represalias ante determinado consumo.
Se debe respetar la autonomía personal y autodeterminación de las personas que usan drogas, quienes tienen la posibilidad de tomar sus propias decisiones de acuerdo con sus propios valores o puntos de vista.
En este sentido, el miedo a la criminalización aumenta los consumos de riesgo y las sobredosis. La prohibición no sólo impide la circulación y acceso a determinadas sustancias, sino que habilita un mercado clandestino al que cualquier persona puede acceder, alejándolas de los márgenes de la legalidad y profundizando los riesgos asociados a los usos de drogas ilegalizadas.
6. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a no recibir un trato abusivo de las fuerzas de seguridad y el poder judicial:
Las leyes punitivistas en materia de drogas otorgan un margen muy grande para el ejercicio arbitrario y abusivo de las fuerzas de seguridad y de las instituciones del poder judicial, quienes direccionan la persecución de las personas usuarias.
En lugar de castigar el uso de drogas, debemos priorizar la salud y el bienestar de las personas usuarias y de la comunidad en general. Las políticas punitivas, exacerban los problemas de salud al marginar a las personas usuarias y disuadirlas de buscar ayuda. El sistema penitenciario utiliza miles de millones de pesos al año para mantener a personas encarceladas por delitos menores relacionados con drogas, muchas de ellas jóvenes y en situación de vulnerabilidad.
7. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a recibir penas proporcionales y alternativas a la prisión:
Las políticas punitivas tienden a criminalizar a las personas usuarias perpetuando su exclusión social y violando sus derechos fundamentales. En el caso de personas que resulten condenadas por delitos relacionados con el consumo de drogas debe primar la razonabilidad y proporcionalidad de las penas, y también se deben garantizar las alternativas a la pena de prisión por delitos menores no violentos.
Diferentes países del mundo todavía mantienen las penas de muerte para aquellas personas condenadas por delitos relacionados con las drogas, entre ellos, la tenencia para consumo personal. Es necesario derogar la legislación de pena de muerte para los delitos relacionados con drogas.
8. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a un Estado presente:
Las personas que usan drogas tienen derecho a ser recibidas por un sistema de salud preparado para atenderlas en caso de situaciones de consumo problemático, así como también el garantizarles el acceso a las necesidades básicas. Además, si un estado tiene conocimiento de la circulación y consumo de distintas sustancias, debe garantizar la información, prevención y atención adecuada.
Asimismo, los estados deben propiciar debates por la despenalización y la regulación para evitar la criminalización, persecución y condena de las personas que usan drogas, así como establecer una regulación que conlleve la adopción de marcos legislativos y normativos que permitan el acceso legal a las drogas, con el debido control, seguimiento y limitación estatal. Ello con orientación en la protección de la salud y para minimizar los riesgos y violencia asociada a los mercados clandestinos.
El debate por la despenalización del consumo, posesión, cultivo y compra de drogas para consumo debe ir acompañado por una política de ampliación de los servicios de salud y sociales, a fin de combatir los riesgos relacionados con el consumo de drogas.
9. Toda persona usuaria de drogas tiene derecho a ser respetada por sus creencias y tradiciones ancestrales:
Los pueblos originarios de distintas partes del mundo mantienen prácticas tradicionales que se relacionan con el uso de diferentes sustancias que deben respetarse como resguardo de su patrimonio cultural inmaterial.
10. Toda persona usuaria de drogas tiene “derecho al disfrute del más alto nivel de salud física y mental”:
Para ello, la implementación de programas de prevención deben estar orientados a la reducción de daños y al tratamiento basados en evidencia científica y en abordar las causas fundamentales que puedan incrementar los condicionamientos del consumo problemático de drogas o llevar a una persona a participar en el comercio de drogas, entre ellas los problemas de salud, la negación de la educación, el desempleo, la falta de vivienda, la pobreza y la discriminación.
Finalmente, para que todos los derechos humanos sean garantizados y las personas reciban un trato digno, comida, vivienda, salud y bienestar, no se les debe exigir abstinencia del consumo de sustancias. Sin respeto, sin acceso a la salud, dignidad e intimidad de las personas usuarias de drogas, no existe garantía de los derechos humanos.
Bibliografía
- Consumo de drogas, reducción de daños y el derecho a la salud Informe de la Relatora Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Tlaleng Mofokeng: https://documents.un.org/doc/undoc/gen/g24/069/15/pdf/g2406915.pdf
- Las políticas de control de drogas están fracasando. Amnistía Internacional: https://www.amnesty.org/es/what-we-do/drug-policy-reform/
- El impacto de las políticas de drogas en los derechos humanos La experiencia del continente americano. CELS: https://www.cels.org.ar/web/wp-content/uploads/2016/10/El-impacto-de-las-politicas-de-drogas-en-los-derechos-humanos.-La-experiencia-del-continente-americano..pdf
- Reporte Informativo. Derechos Humanos y Política de Drogas Drogas, Derecho Penal y Prácticas de Vigilancia. Harm Reduction international. En: https://www.hri.global/files/2011/06/14/IHRA_BriefingSpanish_2.pdf
- Directrices internacionales sobre Derechos Humanos y Política de Drogas. En: https://www.humanrights-drugpolicy.org/site/assets/files/1671/hrdp_guidelines_spanish_2020.pdf