Según la información que emite la policía, alrededor de las 5 de la mañana del lunes 12 de febrero, un hombre de 38 años falleció mientras era trasladado en un patrullero, a metros de la comisaría segunda de Paraná.
El episodio está siendo investigado por la Fiscalía local. La víctima fue identificada como Ariel Alejandro Goyeneche.
Según informó la policía a distintos medios locales, un vecino llamó denunciando que había una persona caminando por los techos de su vivienda ubicada en calle Piedrabuena.
Hacia allí fueron los uniformados de la comisaría segunda y encontraron al muchacho que estaba en el lugar. Intentaron identificarlo y, según la información oficial, estaba “muy exaltado y nervioso”.
Si un ciudadano se encuentra en estas condiciones, se interpreta como cuadro de excitación psicomotriz o estado confusional, que debería haber sido indicador suficiente para que los agentes adviertan una crisis de salud mental en Ariel, antes que una amenaza de seguridad.
Los agentes le informaron que debían trasladarlo a la dependencia de calle Gualeguaychú para el “procedimiento de rigor”. Este tipo de procedimientos de identificación son cuestionados por la Coordinadora contra la represión policial e institucional (Correpi), que señala: “Es histórica nuestra exigencia de eliminar todo el sistema de facultades que habilitan a las fuerzas de seguridad a detener personas arbitrariamente, sea por ‘averiguación de antecedentes’, por arrestos preventivos en materia contravencional o por razzias”.
Ejecutando el “procedimiento de rigor” subieron a Goyeneche al móvil policial y cuando estaban llegando a calle Gualeguaychú y Belgrano, comenzó a gritar diciendo que lo perseguían y de una patada rompió un vidrio del patrullero. Ariel estaba en una evidente crisis de salud mental.
Según la policía, ante la exaltación del hombre los efectivos buscaron “sujetarlo”, momento en que “el detenido se descompensó y comenzó a despedir un líquido por la boca”. Se informó la situación a la Fiscalía, a cargo de Laureano Dato, y trasladaron al hombre hacia el hospital San Martín, donde se informó que había fallecido.
Esta es la explicación oficial de la policía y debe tomarse como la versión de una parte interesada. El fiscal dispuso la intervención de Gendarmería Nacional para realizar las pericias, en un intento de garantizar transparencia. Sin embargo, continúan en servicio los agentes involucrados.
Ahora se esperan los resultados de la autopsia que practicará el Cuerpo Médico Forense del STJ, en la Morgue Judicial de Oro Verde. De allí surgirá si fue una muerte violenta y qué responsabilidad tuvo la policía.
Hasta acá leímos la versión de la policía. Pero también circularon videos que filmaron vecinos de la zona. Radio Barriletes accedió a registros fílmicos que muestran a una persona siendo reducida por dos policías en la vereda frente a la comisaría segunda de Paraná, sobre calle Gualeguaychú.
Al final, se ve cómo los agentes le practican técnicas de reanimación cardio pulmonar (RCP).
Los videos que Barriletes recibió fueron presentados ante el Ministerio Público Fiscal, donde Leandro Dato les tomó declaración. Estas imágenes podrían refutar las declaraciones oficiales respecto a la causa de muerte.
¿Cuál es el protocolo de intervención policial ante crisis de salud mental?
En 2010 se sancionó la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657. Al incluirse las adicciones dentro de las problemáticas del campo de la salud mental, el Estado reconoce el derecho de las personas afectadas por el consumo de sustancias psicoactivas a ser abordadas desde el campo sanitario y no desde la persecución penal.
La intervención adecuada de un funcionario policial sobre una persona en situación de crisis de salud mental representa una oportunidad valiosísima para obrar priorizando la salud.
La contención de la situación, el trato respetuoso hacia quien está transitando esa instancia crítica y la derivación a la asistencia médica, pueden ser situaciones decisivas para la salud de la persona afectada.
En 2022 se publicó en el Boletín Oficial la resolución 843/2022 que aprueba las “Pautas de intervención para las Fuerzas Policiales y de Seguridad en situaciones que involucran a personas con crisis de salud mental y/o con consumos problemáticos en el espacio público”.
Entre los lineamientos a seguir, el documento determina que “Las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales tienen el deber de dar intervención inmediata a los organismos con competencia primaria en materia de salud mental y de trabajar articuladamente con las agencias de salud estatales que correspondan a la jurisdicción en la que se encuentre”.