Una serie de eventos desafortunados que han marcado el verano nos ayudarán a describir cuales son las problemáticas más actuales en materia de cannabis y derechos humanos, resumidas por el momento en una preocupante carencia de capacitación a Fuerzas de Seguridad en la normativa legal vigente.
Esto nos interpela a replantearnos si la regulación del cannabis con fines terapéuticos es un medio idóneo o si verdaderamente no existe otro camino posible que la despenalización de todas las conductas asociadas a su consumo. Además, hasta que ese legendario debate llegue a su fin, ¿cuáles son las medidas que deberían adoptarse a los fines de resguardar la coherencia en las instituciones de la república?. El mismo Estado se encuentra en una franca desarmonía interna que encuentra su causa en la herencia prohibicionista de más de cinco décadas en nuestro país.
Diciembre y nuevas limitaciones a la temporada de caza de usuaries
Finalizando el extenso 2021 la ciudadanía marplatense recibió una sentencia muy esperada. El fallo del Juez Juan Tapia que ordenaba el cese de las detenciones y requisas callejeras sin orden judicial a usuaries con escasas cantidades de estupefacientes para consumo personal fue confirmado por la Cámara Bonaerense de Casación Penal de manera muy contundente. El pronunciamiento salió en el momento oportuno, el 29 de diciembre, días antes de recibir la inmensa oleada de turistas que volvieron a llevar a la perla del Atlántico a sus momentos de mayor esplendor.
Así, despidiendo el año fuimos testigxs de la fuerte tensión existente entre integrantes del Poder Judicial respecto al consumo personal o terapéutico de drogas ilegalizadas; pero se sumaba un importante antecedente y avance para quienes deciden encarar la problemática desde el nuevo paradigma de derechos humanos. Se preparaba tierra fértil para que demás agencias estatales implicadas aborden lineamientos con la misma impronta; se vislumbraba la entrada de un año más pacífico, o eso parecía.
Foto intervenida de @porrografx
Enero decepcionante y represivo
A nivel nacional, la protección a usuaries terapéuticos de cannabis no se tomó demasiado en serio, o al menos no de la manera que las organizaciones civiles venían demandando hasta el momento.
En efecto, pasó más de un año desde aquel histórico noviembre de 2020 donde el presidente Alberto Fernandez firmó el decreto de autorización al autocultivo con fines medicinales. también pasó un año desde que el Ministerio de la Salud reglamentó el REPROCANN y a sus inscriptos para transportar (tener) hasta 40 gramos de cannabis. Hoy sus derechos dependen exclusivamente del humor del policía o del fiscal que descubre dicha posesión o cultivo de manera fortuita.
Aquí voy a hacer una reflexión nacida ya en una anterior columna acerca del denominado “principio de inexcusabilidad” contemplado en nuestro Código Civil y Comercial de la Nación, el cual establece: “La ignorancia de las leyes no sirve de excusa para su cumplimiento, si la excepción no está autorizada por el ordenamiento jurídico” (art. 8 C.C.y C.N. Ley 26.994).
De acuerdo a esta regla, no puedo alegar que desconozco una ley para incumplirla ya que su conocimiento se presume conocido por su publicación en el boletín oficial, me guste o no me guste, salvo disposición expresa en el texto legal.
Este principio elemental que rige para la ciudadanía también rige para el Estado. El desconocimiento de la ley por parte del Estado se puede considerar un verdadero escándalo jurídico, pues no hablamos de errónea aplicación o interpretación de la ley por parte de sus agentes, sino del Estado mismo diciendo: “No conozco la propia ley que yo dicto. Esta circunstancia insólita de por sí, era incluso prevista por las organizaciones civiles, bien conocedoras de la herencia prohibicionista en las agencias punitivas que durante décadas vieron al consumo de marihuana como un delito, con todo lo que ello implica.
Para hacerlo más entendible aún, cuando comienzan a regir los decretos presidenciales relativos a las restricciones en la pandemia por el Sars-Cov-2 (Covid 19), su aplicación y control por parte de las fuerzas de seguridad fue inmediata, creyendo que es imposible sostener que haya existido un sólo funcionario policial que no esté informado de la noticia, incluso antes de ser anunciada.
Con esta aclaración previa, veamos esta serie de eventos desafortunados que nos trajo el comienzo del 2022.
Jardín primitivo, San Miguel, Buenos Aires
El primer episodio llamativo no provino de la justicia penal ni de las fuerzas de seguridad, lo que no significa que no se haya tratado de una verdadera vergüenza estatal, totalmente innecesaria y solapadamente discriminatoria e ilegal. Ocurrió en San Miguel, provincia de Buenos Aires y, según nos relatan las crónicas, se trata de una persecución sistemática hacia dueños de grow shops que decidieron trabajar lícitamente en un Municipio para nada amigable con los derechos de usuaries y cultivadorxs de cannabis.
Inspectores municipales a la orden de Mariano Calvente, Subsecretario de Control y Ordenamiento Urbano, entraron al local “Jardin Primitivo” donde Mauro, su dueño, filmó con profunda incredulidad mientras le clausuraban el local por tener “productos para cannabis”.
De esa forma, una Jueza de Faltas carente de perspectiva y conocimiento de la normativa legal sobre autocultivo decidió avalar la clausura solicitada, dejando fuera de juego al último grow shop en pie de la ciudad, hasta que luego de la feria judicial se resuelva el asunto. El hecho levantó el clamor popular y mereció una numerosa presencia vecinal en las puertas del Municipio bajo el lema “San Miguel se planta”.
Anuar y Franco, Tres Arroyos, Córdoba
El segundo episodio ocurrió el 11 de enero, y tuvo como víctima al periodista, activista y cultivador, el “Turco” Anuar Peche que pese a estar debidamente inscripto en REPROCANN, le tocó vivir una noche triste en la localidad de Tres Arroyos, provincia de Buenos Aires.
Anuar, quien se trasladaba con su amigo Franco Piccoli en una gira por el país promocionando a un banco de semillas, se llevó una sorpresa “esperable”.
La escena fue muy común: control vehicular de Gendarmería, los pasajeros voluntariamente le informaron al personal armado que transportaban 22 y 28 gramos de cannabis respectivamente, ambos con la debida autorización legal. Pero el Instructor judicial Valderrey y la fiscalía decidieron que se los revise, se les demore por más de 5 horas y se le formara una causa penal por una figura inexistente en la ley de drogas: “tenencia simple para consumo personal”, su estado de sujeción a la causa dependería según los oficiales hasta que se comprobara la veracidad acerca de su inscripción en el Reprocann.
Los viajantes tomaron el exabrupto con paciencia y diplomacia, hasta que al otro día siguieron su viaje. Semanas después, la justicia determinó devolverles los frascos y en la resolución judicial se ordenó instruir a las Fuerzas de Seguridad en episodios similares. Lo curioso es que tanto el instructor judicial Valderrey, como la fiscalía obrante tomaron conocimiento la misma noche de lo acontecido, más la recomendación, quizás en una elegante y sutil estrategia de lavado de manos, sólo se indicó para los gendarmes, no encontrándose mea culpa alguna por parte de la justicia penal.
Lara, Cipolletti, Río Negro
El último episodio fue sin dudas el que mayor furia causó en la ciudadanía. Ocurrió en Cipolletti, localidad de Río Negro, donde Lara, una joven que se encontraba inscripta en REPROCANN se llevó los golpes del personal policial por ser hallada con marihuana en su poder. Pese a las incesantes explicaciones que la joven daba a gritos, fue ferozmente reducida por el personal policial.
Al momento de intentar ser defendida por su pareja y un vecino, terminan todes detenides y llevados a la Comisaría, dejando en total desamparo a su hija de 5 años en la vía pública, debido a la violenta e irreflexiva actuación policial.
Por azar del destino el terrible momento fue filmado y rápidamente difundido en redes sociales. Lara fue acusada por “resistencia a la autoridad”, pero días después la Justicia desestimó dicha acusación, pues luego de analizar todo el material, claramente se comprobó que no fue otra del millón de oportunidades en que el personal policial utiliza esta figura delictiva para justificar su violencia desmedida.
¿Fin del atropello?
Desde luego que he podido referirme a situaciones que han sido mediatizadas, más dudo seriamente que hayan sido los únicos infortunios del caluroso y eterno enero de 2022.
En la actualidad, una de las principales protestas por parte de las organizaciones civiles en la materia es la urgente capacitación de las fuerzas de seguridad. Además, muchas veces se acompañan en ignorancia de la misma normativa funcionarios judiciales que avalan las actuaciones de la fuerza y a posteriori despliegan un mensaje de rechazo al obrar policial, permaneciendo en sus despachos como si nada hubiera ocurrido, siendo la última tendencia este círculo vicioso que en nada contribuye a mejorar la situación.
De esta forma vuelvo a aquellos tenebrosos primeros días de la pandemia de Covid, pues quizás en esta comparación podemos arribar a una conclusión bastante peculiar y apuntar mayores aportes para solucionar estas desarmonías estatales.
Veamos: pese a que el presidente se tomó un largo tiempo para anunciar en cadena nacional la vigencia de las restricciones a la circulación y sus serias amenazas ante el incumplimiento, no podemos dejar de lado que la normativa que regula el acceso al cannabis terapéutico en nuestro país es claramente una reglamentación del derecho humano a la salud y así fue reconocido por el mismo presidente y el Ministerio de Salud en los fundamentos de los decretos emitidos. Aunque no tuvo la misma difusión.
De allí es que considero que el problema no se tomó demasiado en serio, el porqué sólo puede quedar en el terreno de las conjeturas. Bien podemos afirmar que la tenencia y consumo de marihuana —cannabis— han sido conductas profundamente despreciadas en el discurso oficial del estado, provocando miles de sentencias condenatorias y arrestos.
Es decir, apenas se emitieron los decretos, y pese a las inmediatas advertencias de la sociedad civil, se debió actuar sin dilatación para que todo el sector estatal encargado de aplicar la ley penal de drogas conociera la normativa del Reprocann, ya que su ignorancia fáctica no puede alegarse.
A su vez entiendo, conforme al principio de inexcusabilidad que todos los funcionarios policiales y municipales intervinientes en los episodios narrados, cometieron al menos el delito de abuso de autoridad. Nuestro código penal claramente establece en su artículo 248 que “Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.
La situación es grave, tanto para la ciudadanía como para todo funcionario estatal que por ignorancia o libre manifestación de sus prejuicios no respete la normativa actual. Pero la herencia de la mirada prohibicionista en las instituciones es fuerte, y hasta el momento, las necesarias capacitaciones sólo vienen realizándose en, pocas provincias , más brillando por su negligente ausencia en más del noventa por ciento restante del territorio nacional.
Supongo que la ciudadanía que más sufre estos atropellos estará depositando su confianza en el último proyecto de despenalización, que no podrá de manera alguna ignorarse. Hasta el momento, el intento de paliar la violencia estatal con el régimen de cannabis terapéutico y medicinal viene demostrando muchos reconocimientos de derechos, pero pocas garantías para su goce pleno y pacífico.