Lo que comenzó a mediados de 2017 como una investigación para averiguar qué delitos vinculados a la Ley N° 23.737 estaba cometiendo APAC, una organización social que milita por la planta de cannabis, continuó con sucesivas tareas investigativas y finalmente allanamientos a las personas investigadas.
Es paradójico que la causa judicial inició el mismo año que se sancionó, promulgó y reglamentó la ley de cannabis medicinal N° 27.350 en Argentina.
El disparador de la investigación de la justicia fue una noticia publicada en El Diario de Paraná donde se invitaba a la comunidad a ser parte de una “Jornada de Cultura Cannábica”. El evento encendió las alarmas de funcionarios policiales que actuaron de oficio y presentaron un escrito al Juzgado Federal que dio inicio a la investigación.
Captura de pantalla con la noticia publicada en El Diario que consta en el expediente de la causa.
Tras 15 meses de “discretas tareas investigativas” sobre los integrantes, las reuniones, las redes sociales y los eventos de APAC, el 30 de julio de 2018, se realizaron allanamientos al Grow Shop El Esqueje y a las viviendas de Maximiliano Burgos e Iván Malajovich.
Luego de los allanamientos Iván fue trasladado incomunicado a la Unidad Penal N°1 y Maximiliano, que padecía de esclerosis múltiple y una parálisis que le impedía caminar, sufrió una crisis a raíz del allanamiento, y no quedó detenido.
Tras el operativo la causa se centró en Malajovich, que fue procesado en primera instancia por los delitos de “dación pública de instrucciones acerca de la producción, fabricación, elaboración o uso de estupefacientes”. El nombre de Maximiliano Burgos desapareció llamativamente de la investigación posterior. Podría interpretarse que la Justicia decidió no perseguir a Burgos por la crisis que le generó el allanamiento y por ser —además de usuario recreativo— un usuario de cannabis medicinal.
Maxi siguió militando por la libertad de la planta y por la regulación del cannabis para todos sus usos hasta el 10 de octubre de 2020, cuando sufrió un accidente doméstico que le quitó la vida. “Maxi fue luchador de mil batallas y la semilla de grandes encuentros, enseñanzas y uniones (…) un pulso de vida que inunda nuestra lucha”, fueron algunas de las palabras que APAC publicó en despedida de su compañero.
En 2019 la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná resolvió, por mayoría, sobreseer a Malajovich por dictar talleres sobre el cultivo de cannabis y la producción de aceite. Sin embargo, en el mismo fallo el Tribunal confirmó, por unanimidad, su procesamiento por la tenencia de 33 plantas y semillas de cannabis que fueron secuestradas durante los allanamientos. Esa era la causa que pesaba sobre Malajovich hasta hoy.
El fin de la causa
Ayer, luego de 5 años, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná decidió sobreseer a Iván Gregorio Malajovich por los delitos de “siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes” (art. 5 inc. a de la ley 23.737) y tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primera parte, ley 23.737)”. Además, el Tribunal resolvió devolver los elementos secuestrados en el domicilio y el growshop de Malajovich.
La decisión judicial surge a raíz de una presentación del defensor, Andrés Bacigalupo. El argumento del sobreseimiento, como explicó a MATE el abogado de Malajovich, fue que “los actos de cultivo y siembra de las plantas secuestradas y la guarda de semillas devienen hoy en día atípicos por la condición de Malajovich de usuario registrado en el Reprocann”. Que una conducta se considere atípica significa que no puede considerarse delictiva.
El pedido de sobreseimiento fue legitimado por la Fiscalía, que acompañó el planteo del defensor. En consecuencia, como nos explica Bacigalupo: “el Tribunal, al observar que el Ministerio Público desistió de su facultad de acusar, dictó el sobreseimiento”.
El sobreseimiento significa que la causa penal se extingue por completo. Por ello, el proceso “no afecta su buen nombre y honor”, como expresó el tribunal.
La decisión judicial resulta de gran relevancia en un contexto donde persisten zonas grises en el abordaje de la justicia sobre causas vinculadas al autocultivo, aún cuando las personas están autorizadas por el Reprocann. Como explica el letrado, de a poco el Ministerio Público Fiscal adopta una perspectiva acorde a la jurisprudencia del Fallo Arriola y a las nuevas legislaciones como la Ley de acceso al cannabis medicinal en Entre Ríos 10.894 y la nueva reglamentación de la Ley Nacional de cannabis medicinal.
Sobre lo que significa este antecedente, el defensor explica: “Otra importante cuestión refiere a causas judiciales por autocultivo iniciadas antes de que exista el Reprocann”. En este caso, la fiscalía coincidió con la defensa en que por el principio de retroactividad, debe aplicarse la ley penal más benigna.
“A todas luces se criminalizó a un grupo de personas que fueron actores directos en las normativas que a nivel nacional permiten que centenares de miles de personas puedan acceder a esta planta medicinal”
Bacigalupo, que coordina el Área de Política de Drogas de la Asociación Pensamiento Penal y además es asesor legal de Efecto Séquito A.C. —la primera asociación civil netamente cannábica aprobada en Entre Ríos— opinó que “a todas luces se criminalizó a un grupo de personas que fueron actores directos en las normativas que a nivel nacional permiten que centenares de miles de personas puedan acceder a esta planta medicinal”.
Con este sobreseimiento termina este capítulo de la persecución a APAC y su práctica militante de difusión de información. La causa judicial había recorrido las fronteras del derecho, afectando la libertad de expresión, el acceso a la información e incluso el derecho a la protesta.
El defensor de Iván Malajovich también destacó las consecuencias represivas que debieron atravesar lxs activistas embanderadxs en la lucha cannábica; un sacrificio de la militancia que bancó los peores momentos de persecución para lograr una regulación parcial que tantos otros disfrutan hoy en día.
Sobreseimiento Malajovich by Tabaré Echeverría on Scribd